La Sala Penal Especial de la Corte Suprema analiza incorporar el delito de conspiración para rebelión en el proceso penal contra el expresidente Pedro Castillo, relacionado con los hechos del 7 de diciembre de 2022 cuando anunció el cierre del Congreso. La jueza Norma Carbajal indicó que esta nueva calificación se plantea sin sustituir los cargos ya imputados, como rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública.
La decisión favorece esta ampliación por mayoría —los jueces José Neyra y Norma Carbajal aprobaron que se evalúe la inclusión del nuevo delito— mientras que el magistrado Iván Guerrero votó en contra. Se fundamenta en el artículo 374 del Código Procesal Penal, que permite la “desvinculación procesal” para que el tribunal pueda, según lo visto en la audiencia, recalificar los hechos sin reemplazar las acusaciones existentes.
Durante el debate, la jueza Carbajal sostuvo que en los actos procesales ya han surgido indicios que “contingentemente” podrían encajar con la figura de conspiración para rebelión. El Ministerio Público, representado por el fiscal Edward Casaverde, solicitó un plazo de cinco días para pronunciarse formalmente sobre esta posibilidad.
Según especialistas en derecho penal, la conspiración para rebelión tiene requisitos probatorios menos estrictos que el delito de rebelión y conlleva una pena menor —hasta diez años— en comparación con los hasta veinte años que podría acarrear la rebelión. No obstante, será la sala quien decida si acepta esta figura, la usa como alternativa o la descarta.

Esta nueva posibilidad jurídica abre un escenario complejo: de un lado, se interpreta como una manera de adaptar los cargos a lo que revelan las pruebas recabadas, asegurando que la acusación se ajuste al comportamiento real observado; del otro, plantea cuestionamientos respecto a la proporcionalidad y al deber de transparencia del proceso penal.
Agregar un delito como conspiración para rebelión podría también ser leído por algunos como una estrategia para diversificar líneas de acusación y asegurar condenas aún si no se sustenta plenamente la figura de rebelión. En cualquier caso, lo que este nuevo paso evidencia es que el Estado de Derecho está siendo puesto a prueba en su capacidad para procesar autoridades con rigor, pero también con respeto a las garantías legales esenciales.
