3 Feb 2026, Mar

Corte de Cañete anula sentencia contra el exgobernador Javier Alvarado por vulnerar decisión del Tribunal Constitucional

En una decisión de relevancia judicial, la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Cañete declaró fundada la apelación presentada por el exgobernador regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle, y anuló la sentencia condenatoria que pesaba en su contra.

La resolución señala que el fallo anterior vulneró el debido proceso y desacató lo dispuesto por el Tribunal Constitucional (TC), que en octubre de 2023 había emitido una decisión vinculante sobre el mismo caso.

Los antecedentes del proceso se remontan a febrero de 2025, cuando el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cañete impuso a Alvarado una pena privativa de libertad de cinco años. No obstante, la sentencia fue cuestionada por basarse en fundamentos que, según la defensa, contradecían lo establecido por el máximo intérprete de la Constitución.

Como se recuerda, el Tribunal Constitucional había declarado nula una sentencia de 2018, al considerar que existió una afectación al derecho al debido proceso, una deficiente motivación judicial y una vulneración al principio de congruencia entre la acusación y la condena. En consecuencia, el TC dispuso la anulación de las resoluciones emitidas por las tres instancias judiciales: el Juzgado, la Sala Penal y la Corte Suprema, ordenando la emisión de un nuevo pronunciamiento.

Tras ser notificado del fallo de febrero de 2025, Alvarado interpuso una apelación ante la Corte de Cañete, argumentando que el juzgado de primera instancia había incurrido nuevamente en los mismos errores advertidos por el Tribunal Constitucional.

En su decisión emitida este lunes 13 de octubre, la Sala Penal de Cañete dio la razón al exgobernador y dispuso la anulación de la sentencia, ordenando que se emita un nuevo pronunciamiento conforme a lo establecido por el TC.

La defensa legal de Javier Alvarado indicó que continuará ejerciendo las acciones correspondientes para garantizar que el proceso concluya en estricto cumplimiento de las garantías constitucionales y del principio de legalidad.